Seguidores

domingo, 30 de junio de 2013

¿Cuándo se regulo el trabajo en la Constitución de la Republica de Guatemala?


¿Cuándo se regulo el trabajo en la Constitución de la Republica de Guatemala?


Conforme al tiempo ha existido una serie de constituciones en la República de Guatemala, según investigaciones el Lic. García Laguardia[1] afirma la existencia de un proyecto de constitución con solamente 112 artículos más una declaración de los derechos humanos llevado a la Corte de Cádiz. Posteriormente se conforman otras constituciones renovando una tras otra.

Entre las iniciales tenemos la Constitución de Bayona, creada por Napoleón, regulo cuestiones de importancia del Rey también incluyendo aspectos como derechos individuales, como la inviolabilidad de la vivienda y la detención legal; la Constitución Política de la Monarquía Española, Promulgada en Cádiz, Destaco la organización del gobierno del interior de las provincias y de los pueblos, e introdujo el funcionamiento de los 3 poderes así manifestando movimientos bélicos que llevaron a la independencia de 1821 y la separación de Centroamérica de España; En Guatemala el Derecho Constitucional empezó a utilizarse en el año de 1824, una constitución con poder limitado del ejecutivo, siempre toma en cuenta la separación de poderes, y las garantías individuales, siguiendo a la misma la constitución de 1825 tocaba temas como la elección del pueblo sobre el congreso, un jefe de estado electo popularmente por 4 años, y magistrados de justicia electos por los pueblos. Más adelante se establece la constitución de 1851 la cual mantiene las garantías individuales, y se le otorga a la Iglesia Católica la primacía, Rafael carrera reforma la constitución (1855) y declara vitalicia la presidencia. Posteriormente a toda la historia se nombró a presidente vitalicio a Rafael Cabrera, continuando con una revolución encabezada por Justo Rufino Barrios, la cual culmina con una nueva Constitución, decretada en 1879, Fue una constitución laica, centrista, sumaria y fue reformada 8 veces.

Permaneciendo con la historia se crea la constitución de 1945 conocida como la Constitución de la Revolución del 44, tocaba temas fuertes de los Derechos Humanos, la autonomía de la USAC, la autonomía de la Contraloría de Cuentas, y no es hasta esta cuando regula garantías en temas sociales como familia, cultura y trabajo.  El trabajo lo regulaba en el capítulo II con título Garantías sociales en la sección 1, con nombre trabajo; afirmando en el artículo 55º lo siguiente: “El trabajo es un derecho del individuo y una obligación social. La vagancia es punible” Regulándolo desde el artículo 55º. Al 71º.  Subsiguientemente se crearon las constituciones de 1956, conocida como las Constitución de la liberación, desarrolló temas de partidos políticos, mantiene garantías y da personería jurídica a las iglesias; la constitución de 1965 crea el Consejo Electoral, restablece la vicepresidencia de país y el consejo de Estado, facilita la creación de universidades privadas y establece una Corte de Constitucionalidad; y por último pero no menos importante la Constitución de 1985 (reformada 2 veces) vigente en el país, desarrolla temas de derechos humanos, garantías institucionales y garantías como  la constitucionalidad de las leyes, el amparo y el habeas corpus, y reconoce a los pueblos indígenas.[2]

Entre la evolución del tema laboral desde la constitución de 1945 a la constitución 1985 podemos ver ideas similares y distintas como:

·         Al principio ambos reconocen al trabajo como derecho y obligación social.

·         La constitución de 1945 propone 16 principios de leyes fundamentales de la organización del trabajo que deben reglamentar, a cambio la constitución actual propone derechos sociales mínimos de la legislación del trabajo el cual toma en cuenta los 16 principios anteriores mejorándolos y agregando otros, siendo en total 21.

·         Se encuentra la falta de existencia en la constitución del 1945 el tema de la tutelaridad de las leyes de trabajo cual en la actualidad ser regula en el artículo 103º.

·         Entre las cosas que en la actualidad se han conservado es el de establecer que son irrenunciables los derechos.

Se puede apreciar claramente cómo ha evolucionado la constitución en el tema laboral, y en otras cuestiones, todo tiene una historia y propósito pero al final solo trata de compensar la desigualdad con el bien común.



[2] Información adquirida en: apps.umg.edu.gt/docs/PDF/.../constitucionalismo_guatemalteco.pdf

No hay comentarios:

Publicar un comentario